BANCO DE LA REPUBLICA DE COLOMBI

martes, 2 de abril de 2013

INDICADORES Y NOTICIAS

WEBGRAFÍA


por ultimo, también te puedes apoyar en el material suministrado por el Banco de la República en las siguientes paginas o enlaces.

POLÍTICAS ECONOMICAS

según su definición las políticas económicas son directrices y lineamientos mediante los cuales el Estado regula y orienta el proceso económico del país, define los criterios generales que sustentan, de acuerdo a la estrategia general de desarrollo, los ámbitos fundamentales e instrumentos correspondientes al sistema financiero nacional, al gasto público, a las empresas públicas, a la vinculación con la economía mundial y a la capacitación y la productividad. Todo ello pretende crear las condiciones adecuadas y el marco global para el desenvolvimiento de la política social, la política sectorial y la política regional.

Dentro de las estrategias o métodos utilizados por los gobiernos se encuentran algunas como:
  • Política Fiscal.
  • Política  del Comercio Exterior.
  • Política Monetaria.
  • Política Cambiaria.
  • Entre otras.
De las cuales el Banco de la República es responsable de dos(2) de las mencionadas anteriormente como lo son las POLÍTICA MONETARIA y la POLÍTICA CAMBIARIA











www.definicion.org/politica-economica

JUNTA DIRECTIVA


La Junta Directiva del Banco de la República está conformada por siete miembros con un voto cada uno: el Ministro de Hacienda y Crédito Público, cinco miembros de dedicación exclusiva y el Gerente General del Banco nombrado por los anteriores. Los miembros de dedicación exclusiva y el Gerente General tienen períodos fijos de cuatro años, prorrogables dos veces, con lo cual pueden permanecer hasta doce (12) años en el cargo. Dos de los cinco miembros de dedicación exclusiva son reemplazados por el Presidente de la República cada cuatro años, una vez transcurrida la mitad del período presidencial.

La Constitución Política establece que el Banco de la República es un órgano independiente de las demás ramas del poder público, goza de autonomía administrativa, patrimonial y técnica y está sujeto a un régimen legal propio.
La Junta Directiva es la autoridad monetaria, cambiaria y crediticia del país y sus miembros representan exclusivamente el interés de la Nación.
La Constitución le asignó al Banco de la República el objetivo de velar por el mantenimiento de la capacidad adquisitiva de la moneda y para ello la Junta Directiva ejerce las diversas funciones previstas en la Constitución y las leyes.

Ademas, los miembros de dedicación exclusiva de la Junta reunidos en el Consejo de Administración constituyen el máximo órgano administrativo del Banco y tienen a su cargo la adopción de las políticas de administración y la correcta ejecución de las funciones de esta entidad, de acuerdo con la ley y los Estatutos.

En la actualidad la Junta Directiva del Banco de la República se encuentra denotada así: 




QUIENES LO CONFORMAN



Gerentes
Subgerentes
Monetaria y de Reservas
Pamela Andrea Cardozo O. 




para mas detalles: ORGANIGRAMA







FUNCIONES

Dentro de las funciones del Banco de la República se encuentran:

1. Emisor de la moneda: El Banco tiene el monopolio de la emisión de monedas y billetes, además planea y coordina las emisiones de moneda y distribuye el dinero en todo el país.


2. Administrador de las reservas internacionales: 
El Banco administra las reservas internacionales del país de manera que estén disponibles cuando  se requieran. Si bien se busca que la inversión de estas reservas tenga una buena rentabilidad, los criterios principales para su manejo son la seguridad de las inversiones y su liquidez.


3. Prestamista de última instancia: Al ser prestamista de última instancia,  el Banco de la República es la entidad a la que acuden los intermediarios financieros cuando  enfrentan problemas transitorios de liquidez.

    
4. Banquero de bancos y coordinador del sistema de pagos: El Banco maneja las cuentas de depósito de las entidades del sector público y de los intermediarios financieros, de manera que estos siempre tienen recursos disponibles para entregar a sus ahorradores en el momento que los requieran. El sistema de pagos en Colombia se basa, en gran parte, en la utilización de cheques y otros documentos físicos, pero en los últimos años se ha evolucionado a la utilización de las tarjetas débito y crédito.


5. Agente fiscal del Gobierno: El Banco puede participar en la contratación de los créditos internos y externos del Gobierno y administrar algunos títulos y bonos emitidos por éste.


6. Investigador de la economía colombiana: El Banco de la República cuenta con un equipo de investigadores altamente calificado y especializado en diferentes áreas, tales como los mercados financiero, monetario y cambiario, el sector externo, los indicadores sociales y el sector real, entre otras. La función de este equipo es estudiar la evolución de las variables económicas, con el objetivo de apoyar a la Junta Directiva en la toma de decisiones de política económica.


MARCO CONSTITUCIONAL


CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
1991

 TITULO XII

Del Régimen Económico y de la Hacienda Pública

CAPITULO 6

De la Banca Central


Artículo 371. El Banco de la República ejercerá las funciones de banca central. Estará organizado como persona jurídica de derecho público, con autonomía administrativa, patrimonial y técnica, sujeto a un régimen legal propio.

Serán funciones básicas del Banco de la República: regular la moneda, los cambios internacionales y el crédito; emitir la moneda legal; administrar las reservas internacionales; ser prestamista de última instancia y banquero de los establecimientos de crédito; y servir como agente fiscal del Gobierno. Todas ellas se ejercerán en coordinación con la política económica general. El Banco rendirá al Congreso informe sobre la ejecución de las políticas a su cargo y sobre los demás asuntos que se le soliciten.

Artículo 372. La Junta Directiva del Banco de la República será la autoridad monetaria, cambiaria y crediticia, conforme a las funciones que le asigne la ley. Tendrá a su cargo la dirección y ejecución de las funciones del Banco y estará conformada por siete miembros, entre ellos el Ministro de Hacienda, quien la presidirá. El Gerente del Banco será elegido por la Junta Directiva y será miembro de ella. Los cinco miembros restantes, de dedicación exclusiva, serán nombrados por el Presidente de la República para períodos prorrogables de cuatro años, reemplazados dos de ellos, cada cuatro años. Los miembros de la Junta Directiva representarán exclusivamente el interés de la Nación.

El Congreso dictará la ley a la cual deberá ceñirse el Banco de la República para el ejercicio de sus funciones y las normas con sujeción a las cuales el Gobierno expedirá los estatutos del Banco en los que se determinen, entre otros aspectos, la forma de su organización, su régimen legal, el funcionamiento de su Junta Directiva y el Consejo de Administración, el período del Gerente, las reglas para la constitución de sus reservas, entre ellas, la de estabilización cambiaria y monetaria, y el destino de los excedentes de sus utilidades.

El Presidente de la República ejercerá la inspección, vigilancia y control del Banco en los términos que señale la ley.

Artículo 373. El Estado, por intermedio del Banco de la República, velará por el mantenimiento de la capacidad adquisitiva de la moneda.

El Banco no podrá establecer cupos de crédito, ni otorgar garantías a favor de particulares, salvo cuando se trate de intermediación de crédito externo para su colocación por medio de los establecimientos de crédito, o de apoyos transitorios de liquidez para los mismos. Las operaciones de financiamiento a favor del Estado requerirán la aprobación unánime de la Junta Directiva, a menos que se trate de operaciones de mercado abierto. El legislador, en ningún caso, podrá ordenar cupos de crédito a favor del Estado o de los particulares.

Constitucion Politica de Colombia.

HISTORIA







Desde la época de las guerras de independencia los dirigentes del país eran conscientes de la necesidad de organizar el sistema monetario que se encontraba en un desorden total. Durante estas guerras, circuló una gran cantidad de monedas de mala calidad, con menor contenido de oro y plata que las originales. El ordenamiento de la moneda era una prioridad para la nueva república, por ser éste uno de los fundamentos del comercio y la actividad económica. Por tanto, este fue un tema de importancia en la Constitución de 1821, en donde se acordó regresar al régimen monetario que existía antes de la independencia y se le asignó al Congreso la función de establecer un Banco Nacional y determinar el valor, peso, tipo y nombre de la moneda. Posteriormente, la mayoría de los presidentes del siglo XIX trataron de solucionar el problema del ordenamiento monetario e iniciar un sistema bancario. Durante la década de 1870 surgieron los   primeros bancos comerciales, lo cual se consideró un gran avance en materia financiera y  monetaria. Empezaron a aparecer también los billetes como medios de pago. Se hicieron los primeros intentos para crear un banco central, hasta que en 1923 se funda el Banco de la República.





RUTA A SEGUIR


El Banco de la República es el banco central de la República de Colombia que tiene como función controlar a través de ciertas políticas, los movimientos monetarios en Colombia en miras al crecimiento económico, ademas es la encargada de emitir la moneda Colombiana (Peso Colombiano)


Para conocer muy bien esta Institución y facilitar el proceso me permito mostrarles una lista de todos los aspectos que deberías conocer del Banco de la República de Colombia como lo son:




¡¡¡Bienvenidos!!!









Este espacio es diseñado para estudiantes y docentes para que de una forma interactiva y compacta conozcamos mas de esta Institución del Estado.